¿Qué titulación tiene un procurador?
Nuestros procuradores son licenciados en Derecho y colegiados en el Ilustre Colegio de Procuradores de Sevilla, por lo que nuestros profesionales cuentan con una la formación necesaria para llevar a cabo su función de representación, presentación de documentos, comunicaciones y seguimiento de asuntos procesales, a lo que se le suma la tranquilidad de años de experiencia y formación continua de los mismos adaptándose a las nuevas tecnologías.
¿Para qué procedimientos necesito un procurador en Sevilla?
Es necesario designar un procurador en Sevilla en los procedimientos judiciales que expresamente dispone la ley, salvo en los aquellos que expresamente dice que no es obligatorio
En los procedimientos civiles nos No es obligatorio en los siguientes: en los juicios verbales con cuantía inferior a 2.000 €; en la petición inicial de procedimientos monitorios; en los escritos de solicitud de medidas urgentes antes de Juicio, para suspensión de vistas o actuaciones; en los juicios universales cuando la comparecencia se limite a presentar títulos de crédito o derechos o concurrir a juntas y en los incidentes de impugnación de resoluciones de Justicia Gratuita.
En los procedimientos penales:
*En el caso de personas investigadas, NO es obligatorio designar procurador hasta que se notifique la APERTURA DEL JUICIO ORAL. Por lo que su designación hasta esa fase es voluntaria.
*En el caso de perjudicados que deseen personarse como ACUSACIÓN PARTICULAR, deben designarlo en el momento de la personación.
*En los JUICIOS POR DELITOS LEVES, no es obligatorio designar procurador.
En los procedimientos laborales, no es obligatoria su designación en la tramitación de los mismos.
En los procedimientos Contencioso – Administrativos, en esta Jurisdicción según el art. 23 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, será obligatorio contar con la representación de procurador ante Órganos colegiados, siendo voluntario otorgar representación a procurador (pero no obligatorio) ante órganos unipersonales.
¿Necesito un procurador para divorciarme o separarme en el Juzgado?
Sí, es uno de los procedimientos en los que es obligatorio ir representado por un procurador/a.
¿Cuánto cobra un procurador en Sevilla?
Los procuradores estamos sujetos a aranceles, por lo que es posible y conveniente que le realice presupuesto de sus servicios para el encargo que se tenga que realizar.
¿Cómo se hace la designación de procurador para que me represente?
A un procurador se le puede designar mediante un poder notarial realizado en cualquier Notaría, o mediante lo que se llama “apoderamiento apud acta” que se puede realizar de varias formas.
1.- Compareciendo personalmente ante el Sr./a Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado que lleve el procedimiento, realizando una comparecencia por la que se mencionada quién va a ser el procurador/a a representarle en el procedimiento.
2.- En la Sede judicial Electrónica, que es un sistema electrónico facilitado por la Administración estatal para evitar el desplazamiento de los ciudadanos y agilizar los trámites.
Para ello hay que acceder a este servicio por internet, siendo necesario disponer de DNI electrónico o un certificado digital. En este documento se consignan todos los datos del procedimientos, procurador designados y los del propio cliente. Tendrá la misma validez que la comparecencia en el Juzgado.
¿Puede un procurador representarme ante alguna administración?
Si, por supuesto podemos representarle y realizar gestiones ante cualquier administración u organismo acreditando que tener un poder para ello.
¿Me puede representar un procurador de cualquier provincia o municipio?
El procurador que represente al cliente ante en el Juzgado, debe estar dado de alta en el partido judicial en el que se lleve el procedimiento, aunque un procurador puede estar dado de alta en distintos partidos judiciales que son un conjunto de municipios que tienen en común un juzgado.